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domingo, 24 de febrero de 2019

Unidad 2 La construcción internacional de los Derechos Humanos

A partir de fines de la  segunda guerra mundial el concepto y aplicación de los derechos humanos se ha especializado.

El trabajo busca demostrar la influencia que las relaciones internacionales han tenido en dicho desarrollo. Más específicamente el proceso de construcción que ha sido posible por la interacción entre los actores, mediante los procesos dentro de determinado sistema.

El autor nos brinda una recapitulación de la historia de los Derechos Humanos culminando con la trascendencia internacional  de los mismos y su estado actual a partir de los atentados terroristas de 2001

El autor contrasta el desarrollo de los Derechos Humanos dentro de las interacciones internacionales en oposición con Una visión positivista evidente. No es casualidad ni el curso normal de las cosas el que los Derechos Humanos Internacionales hayan llegado a este nivel de desarrollo. Todo se encuentra embebido dentro de un contexto claramente definido.

El autor enfatiza nuevamente  el trabajo expone que los derechos humanos internacionales son, en gran medida, una construcción social y política que ha resultado de la interacción entre los principales actores, a través de los procesos, por mediación de las instituciones y en (o “dentro de”) las estructuras sistémicas que constituyen las relaciones internacionales.

El autor divide su trabajo en cuatro secciones:

En estas secciones se aborda el surgimiento de los derechos humanos como parte integrante de los principios y los propósitos de la naciente ONU, el letargo en que cayó el proyecto internacional de derechos humanos durante la Guerra Fría, su dinámica reactivación durante los años noventa y su nuevo reflujo tras los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001. El artículo concluye formulando de manera explícita su argumento
central y vinculandolo con los principales debates de teoría de Relaciones Internacionales.

Comienza con el resurgimiento de la importancia de los derechos humanos a partir de la segunda guerra mundial debido a la masacre que sufrieron el pueblo Judío a manos de un Estado soberano el Nazi. Como podemos ver un momento de crisis trajo consigo una oportunidad.

El resurgimiento de los derechos humanos tras la Segunda Guerra Mundial

mientras que varios autores esgrimen como causa del resurgimiento la conciencia de la humanidad lauren apela al factor ético de la población estadounidense  En el mismo sentido, Normand y Zaidi también destacan la importancia de la presión pública en Estados Unidos a favor del establecimiento de un sistema internacional de derechos humanos en el marco de dicha reunión la reunión de San Francisco.

Después de las atrocidades cometidas en contra de los judíos los derechos humanos vuelven con más fuerza  David Forsythe presenta un argumento más realista para explicar el resurgimiento de los derechos humanos tras el fin de la Segunda Guerra Mundial. Para él, no sólo existieron motivos éticos sino particularmente motivos de realismo político; es decir, relacionados con los intereses de Estados Unidos y sus aliados. Forsythe argumenta que “los derechos humanos, en sí, se convirtieron en una parte formal de las relaciones internacionales cuando Estados importantes creyeron que los derechos humanos universales afectan sus propios intereses.” Según Forsythe, tanto Roosevelt como Truman (su sucesor) estaban convencidos que la promoción de los derechos humanos en el ámbito internacional era necesaria para evitar que se repitieran agresiones como las que Japón, Alemania e Italia realizaron desde la década de los treinta; para evitar el fortalecimiento de regímenes fascistas que, en principio, serían una amenaza a la paz internacional. Así, la promoción de los derechos humanos en el mundo estaba en tono con la promoción de la paz y la seguridad, lo que coincidía con los intereses de todos al fin de la guerra.

Lauren nos explica que antes de intervenir en la guerra el discurso de los EE . UU giraba en torno de los derechos humanos , esto con dos propósitos: 1 contrastar su superioridad moral con respecto del fascismo y 2 prepararse para afrontar la lucha ideológica que se avecinaba con el comunismo Sin embargo después de la guerra el ímpetu con respecto de los DH no perduró, pues cada uno de los aliados también tenía sus deficiencias en este sentido, entonces en la conferencia de Dumbarton Oaks sí se mencionó el tema de los derechos humanos pero solo de manera marginal , de no haber sido por la presión de países como México y otros el tema  no habría sido incluido en la conferencia de San Francisco y consecuentemente tampoco en la carta de las naciones unidas.

La Carta de la ONU universalizó e internacionalizó los derechos humanos. Sin embargo, era aún demasiado cautelosa y no establecía cuáles eran esos derechos.La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada como se ha mencionado ya por la Asamblea General de la ONU en 1948, llenó este vacío. La Declaración Universal de los Derechos Humanos surgió de una serie de debates y consultas en el seno de la Comisión de Derechos Humanos (CDH) del Consejo Económico y Social de la ONU (ECOSOC).

Michael Freeman plantea que la Declaración parte, ciertamente, de la concepción lockeana de derechos naturales. Sin embargo, al analizar sus planteamientos básicos, argumenta convincentemente que el punto de partida de este documento, más que ser una reformulación de los derechos naturales de John Locke o del planteamiento de la Declaración Francesa de 1789, es una clara respuesta liberal al fascismo y a la barbarie del holocausto.21 Freeman argumenta que los dos primeros artículos de la Declaración sientan los tres pilares fundamentales de la doctrina contemporánea de derechos humanos: el individuo como la fuente primordial de reclamos válidos (es decir el individuo como el principal sujeto de derechos); la libertad, y la igualdad en dignidad y derechos de las personas. Esto, además de ser un claro pronunciamiento ético, fue un nuevo pronunciamiento ideológico-político: el liberalismo había triunfado sobre el fascismo. El corazón de la doctrina de derechos humanos es, en este sentido, el mismo que el corazón de la doctrina liberal: el individuo libre e igual en derechos. La proclamación de los derechos humanos significó la proclamación de la victoria de las democracias liberales sobre el fascismo.

Podría pensarse, en ese sentido, que la Declaración Universal de los Derechos Humanos también planteaba la superioridad ideológica de la democracia liberal sobre el comunismo soviético. Sin embargo, como se ha subrayado con anterioridad, los derechos humanos contemporáneos no son una simple derivación del ideal liberal; más allá de los derechos civiles y políticos, la Declaración incluye una serie de derechos de tipo económico, social y cultural; algunos de los cuales habían ya sido reclamados por movimientos obreros

Es necesario, antes de concluir esta sección, hacer notar la renuencia de la “comunidad internacional”, es decir, de los Estados miembros de la ONU (aquellos que en 1945 “reafirmaron su fe en los derechos humanos y las libertades fundamentales”), a adoptar un instrumento jurídicamente vinculante. Las intenciones originales de elaborar una “Carta de Derechos Humanos” fueron hechas a un lado, optando por una declaración; de acuerdo con las preferencias de los Estados Unidos y la Unión Soviética. Normand y Zaidi argumentan que la mayoría de los Estados miembros de la CDH preferían adoptar un tratado vinculante, pero para Estados Unidos la adopción de una declaración de principios era más que suficiente para contar con un instrumento para el intervencionismo ideológico en los asuntos internos de otros Estados, sin dar a sus propios ciudadanos el acceso a normas y mecanismos internacionales.

Los derechos humanos en el ámbito internacional durante la Guerra Fría

La Carta de la ONU y la Declaración Universal de los Derechos Humanos marcaron el nacimiento formal de los derechos humanos como parte integrante del nuevo andamiaje de principios y normas en la posguerra. Así, en gran medida, la suerte del proyecto internacional de los derechos humanos se vinculó de manera directa al de la propia ONU y, por lo tanto, al de las relaciones internacionales; las cuales estuvieron marcadas, durante las primeras décadas de la posguerra, por dos procesos relacionados: la descolonización y la Guerra Fría.24 Con el “congelamiento profundo” de los derechos humanos internacionales durante los primeros 20 años de existencia de la ONU

Las potencias estaban interesadas en ganar la Guerra Fría, y el resto de los Estados en sobrellevarla de la mejor manera, más que en promover y defender los derechos humanos, la CDH se convirtió desde el primer día en un foro marcado por la controversia y el conflicto político.

Pero más difícil aún que desarrollar estándares fue el que la CDH hiciera algo concreto en materia de protección de los derechos humanos en el mundo.

Hacia finales de los cincuenta y principios de los sesenta, no obstante, la membresía de la ONU cambió de manera dramática como resultado del ya mencionado proceso de descolonización; el cual, por cierto, fue animado, inspirado y fortalecido política y moralmente por los planteamientos de la propia DUDH.

En este contexto, se adoptó, en 1965, el primero de los tratados de derechos humanos desarrollado en el marco de la ONU: la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (la cual entró en vigor en 1969). E

Y de ahí para adelante se fueron cada vez garantizando y aprobando más tratados por ejemplo:

Ciertamente, aún cuando durante los setenta y ochenta se fortaleció el activismo de actores civiles, y emergió una burocracia proclive a los derechos humanos en el seno de la ONU, parece que las características estructurales del sistema y los intereses de las potencias fueron el factor determinante durante las cuatro décadas y media que siguieron al fin de la Segunda Guerra Mundial.

La década de los años noventa: ¿la “era de los derechos humanos”?

En 1993, se celebró en Viena, Austria, la II Conferencia Mundial de Derechos Humanos, en la cual se reafirmó la indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos, así como la legitimidad de la preocupación de la comunidad internacional en su promoción y protección en el globo entero.

y pidieron el establecimiento del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH); el cual fue creado por la Asamblea General de la ONU en diciembre de 1993

En la Conferencia de Viena, la comunidad internacional reafirmó también el carácter universal de los derechos humanos, aunque haciendo una concesión a las posiciones de corte relativista de algunas delegaciones (particularmente asiáticas), al mencionar de manera explícita la necesidad de tomar en cuenta las particularidades históricas, culturales y religiosas de cada pueblo. Esto denota la manera en que el concepto contemporáneo de derechos humanos continúa siendo cuestionado y redefinido mediante la interacción entre distintos sujetos, en este caso culturas (mediadas en la Conferencia de Viena a través de la representación de distintos gobiernos), aun en momentos históricos de una aparente menor conflictividad.

El nuevo contexto de la política internacional también hizo posible un mayor espacio para la toma de acuerdos y, por lo tanto, para la acción en el seno del CS. Notoriamente, el Consejo de Seguridad comenzó a tomar en cuenta las violaciones masivas de los derechos humanos al vincularlas con su mandato principal: la preservación de la paz y la seguridad internacional.

Por su parte, la CDH mostró también mayor activismo (aparentemente menos politizado) en esta década.

Por último, es necesario tener en mente dos procesos particulares que llevaron a un nivel de activismo internacional particularmente prometedor, no sólo de parte de actores de la sociedad civil sino incluso de un buen número de Estados; me refiero al proceso que llevó a la adopción del Estatuto de Roma para la Corte Penal Internacional (CPI) y al proceso de discusión y negociación diplomática sobre la “responsabilidad de proteger”. En el primer caso, el ya señalado establecimiento de tribunales penales internacionales ad hoc por el Consejo de Seguridad de la ONU, allanó el camino para que el empuje de numerosas ONG de derechos humanos de dimensión nacional e internacional y, de manera notable, de un grupo de potencias medias (los llamados “like minded States”) culmina finalmente con una empresa de la comunidad internacional que había sido congelada durante toda la Guerra Fría: una corte En suma, durante la década de los años noventa, tras cambios estructurales fundamentales en el sistema internacional y la proliferación de democracias nuevas, observamos un contexto internacional en el que la maquinaria institucional intergubernamental para la promoción y la defensa de los derechos humanos pareció funcionar de manera más dinámica. Se podría argumentar que la emergencia de un sistema internacional unipolar y de numerosas nuevas democracias disminuyó los puntos de fricción entre los intereses de las principales potencias, y por lo tanto facilitó las posibilidades para la cooperación alrededor de un tema como los derechos humanos. Sin embargo, como ya se mencionó, las tensiones alrededor de la definición sustantiva y la interpretación de los derechos humanos no desaparecieron. Por supuesto, tampoco desaparecieron las condiciones estructurales políticas, sociales, económicas y culturales al interior de cada país que generan las violaciones a los derechos humanos, así como la muy frecuente inacción de la comunidad internacional ante las mismas. Sin duda, a pesar del activismo de las instituciones intergubernamentales y de la renovada retórica a favor de los derechos humanos de la mayoría de los gobiernos del mundo, el comportamiento de los mismos continuó siendo en gran medida contradictorio, mientras que la distancia entre los “derechos en principio” y los “derechos en la práctica” continuó siendo evidente.

Los derechos humanos internacionales en la era de la seguridad

Esta etapa, en que el contexto internacional facilitó hasta cierto punto una mayor cooperación internacional en materia de protección de los derechos humanos en el mundo, fue abruptamente interrumpida por los atentados terroristas contra Estados Unidos el 11 de septiembre de 2001.

Conclusión

Este texto ha buscado presentar no sólo una descripción de la evolución del concepto, las normas y las instituciones de los derechos humanos internacionales. Lo que ha pretendido es enfatizar que esta historia ha estado inmersa de manera determinante en las relaciones internacionales, particularmente a partir de la Segunda Guerra Mundial. El surgimiento de los derechos humanos como parte integrante de los propósitos de la ONU; el “congelamiento profundo” de estos objetivos durante las primeras décadas de existencia de la nueva organización internacional; su muy lento y paulatino movimiento durante los setenta y ochenta; “la era de los derechos humanos” durante la década que siguió y, el nuevo momento de reflujo tras los atentados terroristas del 2001, no pueden entenderse sin reconocer que todo este proceso ha estado inmerso en la compleja interacción que son las relaciones internacionales; interacción entre actores y al interior de los mismos, que tiene lugar dentro de un marco sistémico determinado. En otras palabras, la evolución del concepto, las normas y las instituciones de los derechos humanos internacionales no es simplemente el resultado de un proceso “puro”, no político, de reflexión filosófica, debate jurídico y diseño institucional. Esta evolución ha sido determinada por la interacción entre Estados que tienen sus propias dinámicas de política interna, persiguen sus propios intereses (relacionados en primera instancia con su soberanía y seguridad) y se relacionan dentro de un espacio sistémico con ciertas características. Pero también se ha dado como resultado del activismo de actores civiles transnacionales que se articulan alrededor de ideas basadas en principios. Todo esto mediado por un andamiaje institucional internacional que paulatinamente se ha hecho más complejo y que ha alcanzado cierto grado de consolidación. En otras palabras, los derechos humanos internacionales han sido constituidos por las relaciones internacionales. Sistemas, Sistemas, Estados, intereses, política doméstica, normas, instituciones, principios, actores civiles transnacionales, etc. Todos estos factores, por supuesto, los encontramos en la base de las corrientes más influyentes de teoría de Relaciones Internacionales en la actualidad. Este artículo sugiere que todos ellos (y los mecanismos causales relacionados) son relevantes, de alguna u otra manera, para entender el desarrollo particular que ha tenido el proyecto internacional de los derechos humanos. No obstante, la descripción elaborada en las cuatro secciones anteriores parece sugerir que los intereses de los Estados más poderosos y la estructura del sistema internacional han sido particularmente importantes en la definición de “lo posible” en cuanto al desarrollo del concepto y sobretodo las normas y las instituciones de los derechos humanos en el ámbito internacional. Sin embargo, prevalece una interrogante fundamental relativa a los factores, procesos o actores que determinan el contenido del interés de los Estados. El debate aún no resuelto entre “paradigmas” que privilegian la influencia de factores sistémicos, de la política doméstica o del activismo de actores civiles transnacionales (organizados alrededor de principios y normas internacionales) característico de Relaciones Internacionales en su conjunto se extiende, entonces, al área temática de los derechos humanos. Puede ser que determinado factor tendrá más peso en ciertos momentos o situaciones, mientras que otros elementos serán más determinantes en otros. Esto, no obstante, no puede desprenderse de un trabajo como este, sino solamente de proyectos mucho más delimitados en su foco empírico. De lo que no queda duda, no obstante, es que los derechos humanos internacionales tienen que entenderse como una construcción social y política que se ha dado en el marco de las relaciones internacionales.